Este es el documento que se va a proponer como "PACTO SOCIAL PARA LA GESTIÓN PÚBLICA DEL AGUA EN ZARAGOZA
PACTO SOCIAL POR LA GESTIÓN PÚBLICA DEL AGUA EN
ZARAGOZA
Ante la ciudadanía de Zaragoza, quienes abajo firman, representantes de
partidos políticos, organizaciones no gubernamentales, asociaciones vecinales y
sociales, sindicatos, fundaciones y demás entidades relacionadas, hacen público
su compromiso por una gestión pública, integrada y participativa, del ciclo
integral del agua en Zaragoza, y se comprometen a cumplir y hacer cumplir los
siguientes principios fundamentales, así como las tareas que de ellos se
deriven, y que consideran que han de regir desde las administraciones públicas
para que esa gestión pública y participativa sea real y efectiva:
1) Respaldamos la resolución A/RES/64/292, de 28/07/2010, adoptada por la Asamblea General de NNUU sin ningún voto en contra, por la cual se reconoce que “el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.
1) Respaldamos la resolución A/RES/64/292, de 28/07/2010, adoptada por la Asamblea General de NNUU sin ningún voto en contra, por la cual se reconoce que “el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.
En su cumplimiento, actuaremos para preservar y asegurar el acceso universal de todos los ciudadanos a los servicios de abastecimiento y saneamiento de agua sin que su situación económica afecte a ese derecho. Asimismo, deberá destinarse el 0,7% del presupuesto del ciclo del agua a la colaboración en programas de cooperación al desarrollo en materia de recursos hídricos, aportando recursos y asistencia técnica a comunidades que lo necesiten.
Para avanzar en el desarrollo y mejora
de ese modelo de gestión, se deberán establecer planes de investigación y
desarrollo en materia de gestión del ciclo del agua en las ciudades, a
desarrollar mediante la colaboración con la Universidad, colegios profesionales
, expertos y organizaciones sectoriales
2) Reconocemos que los servicios de abastecimiento y saneamiento constituyen un ciclo urbano integrado cuya gestión es indisoluble y debe realizarse de manera conjunta.
En este sentido, creemos imprescindible establecer un modelo de gestión
integrada que permita tener una visión de conjunto de los servicios prestados
así como de los ecosistemas de los que tomamos el agua y sobre los que vertemos
nuestros retornos, que incluya tanto los derechos como las responsabilidades
del ayuntamiento y sus contratistas, y de los ciudadanos y usuarios, capaz de
responder ante las necesidades sociales con eficacia y transparencia.
Para avanzar en el desarrollo y mejora de ese modelo de gestión, se
deberán establecer planes de investigación y desarrollo en materia de gestión
del ciclo del agua en las ciudades, a desarrollar mediante la colaboración con la
Universidad, colegios profesionales , expertos y organizaciones sectoriales.
3) Consideramos, en la medida en que el agua es un bien público; que los ríos, acuíferos, lagos y humedales forman parte del dominio público hidráulico; y que los servicios de abastecimiento y saneamiento se vinculan a derechos humanos y de ciudadanía. Dichos servicios no deben ser gestionados desde la lógica del mercado, bajo criterios y prioridades de negocio privado, sino desde la gestión pública, sin ánimo de lucro, como un servicio de interés general.
Creemos que desde la gestión pública se pueden prestar los servicios
públicos cumpliendo con los estándares más exigentes de calidad y eficiencia,
contando con el compromiso y responsabilidad de los empleados públicos, y garantizando una gestión transparente
en la que participe la ciudadanía.
Por ello, declaramos expresamente que, con independencia del ente
público que asuma la gestión del ciclo integral del agua de Zaragoza (servicios
municipales, patronato, ente público empresarial, sociedad anónima, etc.), velaremos porque la titularidad del
mismo sea siempre cien por cien pública, no admitiendo el acceso de empresas
privadas a su accionariado.
No obstante lo anterior, consideramos necesaria la asistencia de la
iniciativa privada en la realización de obras y en la prestación de algunos servicios auxiliares. Los procesos básicos de la gestión del
ciclo integral del agua deberán ser prestados directamente por el ente público
gestor. La participación de la
iniciativa privada deberá basarse siempre en los requisitos previstos en la
normativa de contratación del sector público vigente en cada momento; se deberá
realizar directamente por el ente público gestor, por periodos que preserven
los intereses públicos y aseguren el control institucional y ciudadano
desarrollando de forma efectiva el principio de transparencia.
4) Sostenemos que la gestión del ciclo integral del agua puede y debe ser un yacimiento importante para la generación de nuevos empleos. Pero debe evitarse que especialmente en las presentes circunstancias se produzca una precarización de las condiciones de trabajo y de la seguridad de los trabajadores. El Ayuntamiento, actuando en colaboración con las organizaciones sindicales, deberá tomar las medidas oportunas para garantizar, tanto en lo gestionado directamente por el ente público gestor como en su relación con las contratas, condiciones de calidad, seguridad y estabilidad en los empleos.
5) Velaremos porque el Ayuntamiento ejerza la responsabilidad que tiene en la adopción de las decisiones oportunas que aseguren la sostenibilidad del ciclo integral del agua en la ciudad, de acuerdo con la Directiva Marco del Agua, desde tres ámbitos diferentes:
- · Medioambiental. Preservando la calidad de las fuentes de suministro; asegurando que se utiliza el mínimo recurso necesario para satisfacer las necesidades de la ciudad; realizando programas de prevención de la contaminación, basados tanto en la intervención sobre las infraestructuras como en programas de sensibilización y formación; minimizando el efecto de los vertidos a cauce público; y compensando las afecciones medioambientales.
- · Económica. Repercutiendo el coste real de la prestación de los servicios a los usuarios del servicio; y aplicando tarifas que se fundamenten en los principios recogidos en el artículo 7 “Costes del ciclo del agua y su recuperación” de la Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad en la Gestión Integral del Agua de Zaragoza (OMECGIA), aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 28-01-2011: suficiencia económica, equidad, eficiencia, sencillez y transparencia.
- ·
Estructural. Planificando y realizando las
inversiones necesarias para que el agua llegue a los usuarios en las mejores
condiciones, de acuerdo con las normativas aplicables en cada momento; se
controlen y minimicen las pérdidas en las redes de suministro y saneamiento; se
adecúe la calidad el agua al uso a que se destine en cada caso; y se traten
todas las aguas captadas por la red de colectores municipales antes de ser
vertidas a cauce natural. Todo
ello intentando utilizar las tecnologías más eficientes disponibles.
6) Velaremos porque todos los ingresos que
se obtengan a través de las tarifas de abastecimiento y saneamiento que se
apliquen a los usuarios, así como los que provengan del alquiler o cesión de
las infraestructuras hidráulicas públicas, subvenciones, operaciones de
crédito, o cualquier otro medio, vinculados al ciclo integral del agua, se
destinen a sufragar los costes de dichos servicios.
Caso de existir remanentes anuales, deberán destinarse a las
inversiones y mejoras que el ciclo integral del agua requiera o, caso de no ser
necesarias o si su importe es inferior al capital disponible, a la adaptación
de las tarifas del año siguiente en el porcentaje que corresponda.
De forma excepcional, y sólo previo acuerdo y bajo la
supervisión del “Consejo Social”, se podrán destinar remanentes a un fondo municipal de acción social.
Velaremos porque en ningún caso el
ayuntamiento de Zaragoza utilice los ingresos vinculados al ciclo integral del
agua para sufragar cualquier otro gasto público de competencia municipal, ni se
incorporen a los costes del ciclo integral del agua los cánones, aportaciones o
cuotas de alquiler de infraestructuras abonadas al ayuntamiento de Zaragoza por
el ente público gestor, que no hayan sido reinvertidos en estos mismos
servicios.
7) Entendemos, no obstante, que no basta garantizar la gestión pública, sino que es preciso promover nuevas formas de control social y de democracia participativa, que garanticen transparencia y participación ciudadana efectiva y proactiva, tal y como estableció la Convención de Aarhus, transpuesta a la normativa europea por la Directiva 2003/35/, de 26 de mayo de 2003, y a la normativa española por la Ley 27/2006, de 18 de julio, reguladora de los “derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente”.
7) Entendemos, no obstante, que no basta garantizar la gestión pública, sino que es preciso promover nuevas formas de control social y de democracia participativa, que garanticen transparencia y participación ciudadana efectiva y proactiva, tal y como estableció la Convención de Aarhus, transpuesta a la normativa europea por la Directiva 2003/35/, de 26 de mayo de 2003, y a la normativa española por la Ley 27/2006, de 18 de julio, reguladora de los “derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente”.
Por ello, apostamos por un modelo de gestión en el que el ente público gestor
rinda cuentas de sus actividades y decisiones, tanto a los poderes públicos de
los que dependa como a los ciudadanos.
Velaremos para que se asegure el acceso de todos los ciudadanos a la información básica de la
gestión del ciclo integral del agua en la ciudad, mediante varios mecanismos:
- · Estableciendo una batería de indicadores significativos para los distintos ámbitos de la gestión (técnicos, financieros, sociales, medioambientales, patrimoniales), accesibles por vía telemática, que sean comprensibles para los ciudadanos.
- · Dando publicidad a todos los acuerdos y resoluciones que adopten los órganos de dirección del ente gestor, así como a las condiciones de prestación de los servicios contratados con terceros.
- · Estableciendo un Consejo Social con competencias efectivas de control sobre cuestiones clave que trate el Consejo de Administración del ente público gestor.
- · Incluyendo representantes del Consejo
Social
,con voz y voto, en el Consejo de Administración del ente público gestor del ciclo integral del agua. - · Poniendo los medios necesarios que faciliten a los ciudadanos la realización de consultas públicas, solicitud de información y presentación de reclamaciones
8) Constatamos que el Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración (PASD),
aprobado por “LEY 9/1997, de 7 de noviembre, de Saneamiento y Depuración de
Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Aragón”, ha demostrado su
inviabilidad económico-financiera y en muchos casos su ineficacia a la hora de
recuperar el buen estado de nuestros ríos; ha supuesto una privatización
encubierta de los servicios de saneamiento; ha erosionado la autonomía
municipal, mediante la imposición de un determinado modelo por parte del
Gobierno de Aragón; ha generado agravios comparativos entre poblaciones en su
aplicación; y ha dado lugar a la imposición de unas tarifas claramente abusivas
que han aumentado un 133,5% desde 2005 (un 22,5% entre 2012 y 2013) .
Por ello rechazamos el PASD, y nos oponemos activamente a su
implantación en Zaragoza en tanto no se haga una revisión en profundidad del
mismo, que evite el sobredimensionamiento actual de muchas depuradoras; que
prevea la posibilidad de utilizar otras tecnologías, adaptadas a cada
población, que requieran menos recursos financieros y menos consumo energético;
que preserve la autonomía municipal en la gestión de los servicios del ciclo
integral del agua; y que establezca unos criterios de revisión de tarifas que
eviten las variaciones habidas hasta ahora.
Deberá asegurarse la gestión directa por el ayuntamiento de Zaragoza de
sus infraestructuras de saneamiento y depuración.
Deberán revisarse las tarifas del canon de saneamiento y su forma de
aplicación, permitiendo la adaptación de las mismas a las de cada municipio.
Así mismo, deberán realizarse las auditorías necesarias para dar luz
sobre lo hecho hasta ahora y exigirse las responsabilidades políticas que
correspondan por los errores cometidos.
9) Finalmente, nos comprometemos a hacer lo necesario para que las normas municipales vigentes (reglamentos, ordenanzas, etc.) se adapten a los compromisos del presente pacto.
9) Finalmente, nos comprometemos a hacer lo necesario para que las normas municipales vigentes (reglamentos, ordenanzas, etc.) se adapten a los compromisos del presente pacto.
En ese sentido deberá especificarse en la norma correspondiente, que cualquier decisión que
pudiera afectar a los principios aquí establecidos, como podría ser una
eventual propuesta de privatización de este tipo de servicios, sea sometida a
un amplio y profundo proceso de información pública que culmine en una Consulta
Ciudadana con las garantías suficientes para que sus resultados
fueran vinculantes, caso de alcanzarse un nivel de participación suficiente.
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